La Agenda Regional
AGENDA REGIONAL PARA EL DESARROLLO HUMANO EN LA REGION ICA
EDUCACION
|
1. Reformular, con la participación de todos los actores involucrados, la política educativa en la Región Ica, diseñando y estableciendo normas y procedimientos adecuados a las características propias de la Región Ica (Plan Educativo Regional Concertado PERCI, Curricula educativa, etc.)y evaluar anualmente su cumplimiento.
2. El Gobierno Regional y los gobiernos locales provinciales y distritales deben destinar no menos del 10% de su presupuesto de inversiones en la elaboración y ejecución de expedientes técnicos y proyectos destinados al mejoramiento o reconstrucción de la infraestructura educativa afectada por el sismo del 2007, así como el equipamiento de la misma, priorizando las zonas rurales y urbano marginales, para contribuir a mejorar la calidad educativa en la región.
3. Elaborar y ejecutar articuladamente entre el gobierno regional y los gobiernos locales provinciales y distritales, un programa de mejoramiento de capacidades del personal docente y administrativo de los centros educativos de nivel inicial, primario y secundario.
4. Los gobiernos locales provinciales y distritales deben destinar anualmente recursos orientados a la implementación, equipamiento (Bibliotecas virtuales, laboratorios, etc.) y dotación de servicios asistenciales básicos (Asesoría nutricional, Atención psicológica, desarrollo personal autoestima, etc.) cumpliendo con lo establecido por su ley orgánica, priorizando zonas y sectores menos favorecidos.
5. Establecer mediante ordenanza regional un sistema de vigilancia participativo entre, autoridades, docentes, estudiantes y padres de familia tendiente a evitar y combatir la corrupción en el sector educación.
6. Establecer mediante ordenanza regional mecanismos que faciliten el acceso a la educación a los niños y niñas que trabajan. (Horarios flexibles, asistencia educativa especial, apoyo psicológico, etc.) supervisando su estricto cumplimiento en toda la región.
7. El gobierno regional y las municipalidades provinciales y distritales deben destinar recursos para el mejoramiento de los programas nutricionales escolares especialmente en zonas rurales y urbanas marginales.
8. El gobierno regional y los gobiernos locales deben destinar recursos para el mejoramiento de la atención educativa de los niños con discapacidad en cada centro educativo.
9. El gobierno regional y los gobiernos locales deben considerar recursos de apoyo a los programas de alfabetización.
|
SALUD AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
|
10. El gobierno Regional debe destinar recursos, presupuesto y coordinar con los gobiernos locales provinciales y distritales, para realizar campañas de educación y prevención de enfermedades (TB, MDR y VIH) y atender las prioridades sanitarias requeridas en los casos de TBC, VIH , desnutrición infantil lo mismo que el apoyo psicológico a la población afectada por el sismo ocurrido en el 2007.
11. El Gobierno Regional y los gobiernos locales provinciales deben elaborar, y ejecutar proyectos orientados a la modernización y equipamiento de la infraestructura de salud (Postas y hospitales) especialmente en los sectores rurales y urbano marginales.
12. Establecer políticas públicas y mecanismos de vigilancia y control que garanticen el buen trato, el respeto de los derechos humanos y la no discriminación en los hospitales, centros de salud, postas médicas, etc.; de todos los distritos y provincias de la región Ica.
13. El Gobierno Regional debe elaborar, y priorizar proyectos de derivación o almacenamiento, (por ejemplo galerías filtrantes, represas, etc.) que aseguren el abastecimiento de agua para consumo humano y la recuperación de la napa freática en las cinco provincias de la Región Ica
14. El gobierno regional, los gobiernos locales provinciales y distritales deben priorizar y destinar recursos para la ejecución de proyectos y obras tendientes al mejoramiento y ampliación de los servicios de agua potable y desagüe, en particular en las zonas rurales, garantizando la calidad y salubridad de la misma.
15. Elaborar y ejecutar articuladamente entre el gobierno regional y los gobiernos locales provinciales y distritales, un programa de capacitación y actualización permanente del personal profesional, técnico y de apoyo del sector salud a nivel de todas las provincias y distritos.
16. Elevar la categoría a los hospitales en las cinco provincias de la región complementariamente dotar de equipamiento moderno y adecuado toda la infraestructura de salud (Hospitales, postas centros de salud, etc).
|
MEDIO AMBIENTE CAMBIO CLIMATICO Y GESTION DE RIESGOS
|
17. Elaborar Planes de ordenamiento territorial y zonificación, según corresponda, articulados a nivel departamental, provincial y distrital; determinando las zonas de riesgo, zonas vulnerables, y zonas de uso para vivienda, industrial, recreación, de reservas, etc. haciéndolos de uso y cumplimiento obligatorio en toda la región.
18. El Gobierno Regional deberá establecer políticas y planes regionales para la forestación de cuencas, la reforestación preservación y uso sostenible de bosques y pastos naturales, en especial bosques de huarango; instituyendo además un sistema vigilancia y sanciones al incumplimiento de las normas relacionadas con la preservación de los recursos naturales.
19. Coordinar inversiones a nivel regional y provincial para la implementación de sistemas integrados de tratamiento de aguas servidas (lagunas de oxidación o plantas de tratamiento) y de residuos sólidos (Rellenos sanitarios) en las cinco provincias de la región.
20. Implementar un Sistema de Vigilancia ambiental, que involucre al gobierno regional, los gobiernos locales y a las organizaciones de la población, estableciendo un sistema de monitoreo ambiental (agua, aire y suelo) y el estricto cumplimiento de las normas ambientales nacionales y regionales.
21. Promover y dotar recursos para realizar acciones de educación (sensibilización y capacitación) ambiental en especial para el uso racional del agua y el reciclaje de residuos sólidos y desarrollar campañas intensivas de educación ambiental a nivel regional, provincial y distrital, sensibilizando además a la población respecto de la gestión de riesgos y el cambio climático
22. El gobierno regional y las municipalidades provinciales distritales deben asumir la defensa estricta de las areas naturales y protegidas, contra cualquier tipo de inversión que las ponga en riesgo.
|
VIVIENDA DIGNA
|
23. Coordinar y financiar a nivel regional, provincial y distrital un sistema, con mecanismos técnicos y legales que permitan la formalización de las viviendas y terrenos destinados a la construcción de viviendas (títulos de propiedad, certificados de posesión), en coordinación con las entidades nacionales competentes (Ministerio de Vivienda y COFOPRI) de manera rápida, efectiva y transparente.
24. Establecer, a nivel regional y provincial, políticas y destinar recursos o gestionarlos ante la cooperación internacional, para financiar programas sociales, con créditos accesibles y de bajo interés, que permitan la construcción o reconstrucción de viviendas dignas y económicas, con materiales alternativos y la participación de la población destinataria, previo estudios de gestión de riesgos y características de los suelos.
25. Establecer mecanismos de supervisión de los programas sociales de vivienda promovidos por el Estado (Bonos de reconstrucción, BANMAT, Bonos Techo propio, certificados de posesión etc.), de manera que se priorice adecuadamente a la población beneficiaria, se evite su utilización política, el mal manejo o los favoritismos.
26. Las municipalidades provinciales y distritales deben coordinar planes de ordenamiento territorial y zonificación, que permitan e incluyan la elaboración y actualización permanente de los catastros urbanos, y la reglamentación, supervisión y evaluación de las construcciones de vivienda y edificaciones en zonas urbanas y rurales.
27. Fortalecer y hacer efectivo el Sistema de Defensa Civil, dotándolo de recursos y presupuesto a nivel regional, provincial y distrital.
|
PRODUCCION Y TRABAJO DIGNO
|
28. Que el gobierno o regional y los gobiernos locales asuman efectivamente su rol promotor económico y productivo para el desarrollo de la micro y pequeña empresa y pequeños agricultores ( capacitación, asesoría técnica, financiamiento, nuevos mercados, etc.) conforme lo establecen sus leyes orgánicas
29. Elaborar y ejecutar proyectos hídricos de mediano y largo plazo, acorde con la normativa vigente, que aseguren el acceso al agua a los medianos y pequeños agricultores, considerando la construcción de represas grandes y pequeñas en las principales cuencas de la región, y la agilización financiera de aquellos proyectos que cuentan con perfil SNIP aprobado, como el proyecto “afianzamiento hídrico de la provincia de palpa” y otros ; gestionándolos con la participación de los gobiernos locales organizaciones de agricultores, y de la población para su ejecución progresiva.
30. Promover en los niveles de gobierno regional, provincial y distrital el desarrollo de proyectos productivos: agrícolas, pecuarios, piscícolas, artesanales, de cultivos alternativos, etc.; preservando el medioambiente , desarrollando tecnología, y dotando de capacidades técnicas y empresariales a los beneficiarios, para generar fuentes de empleo digno y no discriminatorio.
31. Promover, igualmente en los tres niveles de gobierno, la creación de MYPES en todos los sectores productivos; desarrollando capacidades para dar valor agregado a la producción, generada en cada provincia y distrito de la región Ica.
32. Las municipalidades provinciales deben elaborar y ejecutar planes provinciales de desarrollo turístico integrados en un Plan Desarrollo Turístico Regional aprovechando y poniendo en valor el patrimonio cultural existente.
33. Promover y apoyar espacios de concertación entre el estado, empresarios y trabajadores a nivel regional y provincial, para vigilar el cumplimiento de las leyes laborales, y lograr mejorar las condiciones de trabajo, salarios justos, la no discriminación y la equidad entre hombres y mujeres.
34. El Gobierno regional y los gobiernos locales provinciales y distritales deben diseñar e implementar políticas y sistemas de protección a los niños ,niñas y adolescentes que trabajan en todos los sectores, distritos y provincias de la región. (Art. 32 de la Convención de los Derechos del Niño/a y Adolescentes).
35. Constitución de un tribunal laboral regional sobre conflictos laborales con subsedes en cada provincia, para realizar promoción de la vigilancia laboral, garantizar y promover la libertad sindical y el cumplimiento del plan nacional de trabajo decente / aumento de R.M.V en 5% por inflación y crisis económica.
36. El gobierno regional y los gobiernos locales deben apoyar y comprometerse en las acciones que se vienen realizando por la modificación del Art. 7 de la Ley de Promoción Agraria que vulnera los derechos laborales y derechos de seguridad social de 70,000 trabajadores(as) de la agroindustria en el Perú.
37. Que se realicen acciones de incidencia ante el gobierno central para la derogatoria de la ley de promoción agraria y la dación de la ley de descentralización fiscal.
38. Formalizar la minería artesanal promocionando Mypes conformadas por los mismos mineros con apoyo financiero y capacitación integral por el estado.
|
SECTORES VULNERABLES (MUJERES, NIÑOS/AS, JOVENES, AFECTADOS POR LA VIOLENCIA POLITICA, PERSONAS CON CAPACIDADES DIFERENTES, ADULTOS MAYORES, PERSONAS CON OPCION SEXUAL DIVERSA)
|
39. El gobierno regional y los gobiernos locales deben elaborar e implementar programas, destinando recursos para atender a la población de adultos mayores, construyendo e implementando albergues, mejorando los recursos de aquellos albergues que ya están funcionando y priorizando como beneficiarios a aquellas personas adultas mayores que cuentan con menor posibilidad de atención familiar o de recursos.
40. Mejorar la atención en los centros de salud (ESSALUD, Hospitales del sector salud, etc.
41. El gobierno regional y los gobiernos locales den cumplimiento de la ley y su reglamento para lograr ciudades y pueblos accesibles (rampas, barandas en los edificios, etc.) a nivel regional provincial y distrital.
42. Que las municipalidades provinciales y distritales destinen recursos para el adecuado funcionamiento de las OMAPED en cada una de sus jurisdicciones, de manera que estas puedan cumplir a cabalidad sus funciones, velar por el cumplimiento estricto de las leyes y normas relacionadas con las personas con discapacidad, realizar un diagnostico de su situación en cada distrito y provincia, elaborar un registro y clasificación que permita priorizar su atención, y promueva y realice acciones de capacitación permanente para lograr su incorporación a las actividades económicas y productivas de la región, provincia o distrito.
43. Promover y generar opciones de empleo para las personas con discapacidad y asegurar el cumplimiento del 3% de cupos de empleo en los centros laborales públicos y privados a nivel regional, provincial y distrital.
44. Que el gobierno regional publique inmediatamente la ordenanza regional que instituye el Plan Regional Integral de Reparaciones y se destinen recursos en el gobierno regional y los gobiernos locales provinciales y distritales para la implementación y cumplimiento progresivo de las reparaciones individuales y colectivas. Complementariamente se realicen acciones de capacitación y desarrollo de proyectos productivos y microempresas para los sectores donde se ubican las familias desplazadas.
45. Se establezca y de cumplimiento a una ordenanza regional y ordenanzas municipales en cada provincia contra la discriminación de todo tipo.
46. Los gobiernos locales deben establecer instancias o dependencias, provinciales y distritales, con presupuesto, destinadas a dar atención legal a las personas que sufren discriminación por su orientación sexual y otros sectores discriminados.
47. Descentralizar el programa TARGA, y establecer centros o áreas de atención especial para las personas con ETS y TBC, que desarrollen acciones de capacitación y prevención, coberturando todas las provincias y distritos de la región.
48. Se asigne recursos para el cumplimiento de los programas y actividades dispuestas en el Plan Regional de Igualdad de Oportunidades en todos los niveles de gobierno de la región
49. El gobierno regional y los gobiernos locales deben construir e implementar con recursos Casas de refugio para las mujeres a nivel provincial y regional que permitan desarrollar acciones de asesoramiento y capacitación contra el maltrato y la violencia familiar y sexual; el ejercicio de sus derechos y el desarrollo de talleres productivos y escuela de padres.
50. Las municipalidades provinciales y distritales destinen recursos que permitan el mejoramiento y cumplimiento efectivo de las funciones de las DEMUNAS.
51. Los gobiernos locales provinciales y distritales deben evaluar y reestructurar, para mejorar en calidad y cobertura, los programas sociales del vaso de leche y comedores populares, focalizando y priorizando aquellos sectores que realmente los necesitan, a nivel provincial y distrital.
52. Los gobiernos locales provinciales y distritales deben Invertir en infraestructura (Casas de la juventud, albergues, postas ,etc.) para la atención, capacitación, rehabilitación y prevención de los casos de drogadicción y alcoholismo juvenil, paternidad/maternidad adolescente, salud reproductiva y sexual. Complementariamente construir infraestructura de recreación para la niñez y la juventud.
53. Los gobiernos locales provinciales y distritales deben invertir en la Implementación de guarderías para el cuidado de niños(as) de las madres trabajadoras y coordinar la implementación de estos servicios por parte de todas las empresas y sectores.
|
GESTION PUBLICA
|
54. El gobierno regional, Los gobiernos locales provinciales y distritales deben reformular y actualizar los planes de desarrollo concertados con una visión de largo plazo, articulándos a nivel regional, provincial y distrital, mejorando el proceso de participación ciudadana y el aporte técnico para su elaboración ,ejecución y evaluación anual mediante los presupuestos participativos, haciéndolos mas efectivos y se cumpla estrictamente con los acuerdos.
55. Los gobiernos locales provinciales y distritales deben reestructurar los organigramas institucionales de acuerdo a su realidad, creando el Área o Gerencia de Desarrollo Económico Local (DEL) para desarrollar programas de capacitación y apoyo tecnológico, con personal especializado en el rubro productivo principal de cada jurisdicción, aprovechando la capacidad de los recursos humanos a nivel local y disponiendo de los fondos necesarios para dichos programas.
56. El gobierno regional, Los gobiernos locales provinciales y distritales deben promover una efectiva participación ciudadana implementando y mejorando mecanismos de participación, de información y el cumplimiento estricto de la ley de transparencia e información pública y realizar rendiciones de cuenta de manera pública y trimestral.
57. El gobierno regional, Los gobiernos locales provinciales y distritales deben capacitar a la población y representantes de sus organizaciones para que ejerzan su derecho a la participación y se garantice el trabajo de fiscalización y control a las entidades públicas en los distritos, provincias y la región.
58. El gobierno regional, Los gobiernos locales provinciales y distritales deben establecer e implementar un sistema de supervisión racionalización y evaluación permanente de los recursos humanos, económicos y financieros en el Gobierno regional y en las municipalidades provinciales y distritales, con participación de la sociedad civil; que asegure se efectúen auditorias publicas en el inicio de la gestión, el control y publicación del patrimonio y bienes declarado por las nuevas autoridades y que para la ejecución de los proyectos se asegure la contratación de profesionales o empresas que garanticen la calidad de las obras que se ejecuten.
59. El gobierno regional, Los gobiernos locales provinciales y distritales deben diseñar y ejecutar Programas Integrales de capacitación técnica, dictados por personal docente especializado y con los recursos económicos necesarios , para aprovechar el potencial productivo de cada distrito o provincia, generar empleo y se promueva la inserción de los jóvenes profesionales y técnicos en el sector público y privado priorizando a los residentes en cada lugar.
60. El gobierno regional, Los gobiernos locales provinciales y distritales deben Establecer mecanismos legales y técnicos que garanticen la incorporación de profesionales probos y honestos en los puestos de decisión y dotar de atribuciones amplias a la ciudadanía organizada para el ejercicio de la vigilancia en los niveles distrital, provincial y regional. Los cargos de confianza deberán ser ocupados por profesionales que pasen por procesos públicos de selección acorde con las necesidades de la gestión.
61. El gobierno regional, Los gobiernos locales provinciales y distritales deben efectuar una mejor distribución de la inversión, dando prioridad a la dotación de servicios básicos y la problemática social de educación y salud.
|
SEGURIDAD CIUDADANA
|
62. Establecer e implementar un sistema de seguridad ciudadana integrado, con provisión de recursos e institucionalizado mediante ordenanzas a nivel regional, provincial y distrital, en las que se determine de manera participativa las responsabilidades del gobierno regional, el poder judicial, ministerio público, los gobiernos locales, de la población a través de comités de seguridad ciudadana, de la Policía Nacional y del sector privado.
|
Exhortación
¡La población exige la instalación de gobiernos regionales y locales con capacidad, honestidad, sensibilidad social y visión de futuro.!!!!
A la hora de elegir, este domingo 12 de Diciembre elige bien.
Dios te bendiga
Jorge Luis Vega Soto
No hay comentarios:
Publicar un comentario